El INE determinó que ninguno de los candidatos a puestos de elección federal incurrió en alguno de los supuestos de la 8 de 8 contra la violencia de género
El Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que ninguno de los 4 mil 485 candidatos a puestos de elección federal, tanto propietarios como suplentes, incurrió en alguno de los supuestos de la revisión de la 8 de 8 contra la violencia de género, por lo que descartó cancelar candidaturas por este motivo.
En la sesión de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y No Discriminación y Prerrogativas y Partidos Políticos celebrada este día, se informó que tras concluir el periodo de revisión autoridades como Tribunales Superiores de Justicia Administrativa advirtieron el incumplimiento de la 8 de 8 en 22 casos, sin embargo, al revisar las evidencias ninguna de las candidaturas actualizó alguno de los supuestos de la 8 de 8 contra la violencia.
En entrevista con El Sol de México, la consejera Dania Ravel dijo que en siete de los 22 casos se ubicaron homonimias, es decir, personas que tienen los mismos nombres y apellidos, por lo que no se pudo corroborar que se trate de la misma persona, y en un caso la sentencia por violencia de género se dictó en 2021, dos años antes de la entrada en vigor de la reforma constitucional de la 8 de 8 contra la violencia, por lo que, indicó, los hallazgos fueron insuficientes para cancelar las candidaturas.
“Estos elementos nos han llevado a que en este momento de los 22 hallazgos que se tuvieron no se tenga ninguno en donde nos lleve a la cancelación de alguna candidatura, no obstante, vamos a seguir recibiendo información y si se llegara a recibir más pues se haría de conocimiento de los consejos locales o distritales que corresponda para que lo sepan hasta el día de la jornada electoral”, dijo.
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Por su parte, la consejera Carla Humphrey afirmó que el INE se quedó cortó en la aplicación de la 8 de 8, pues el sólo tomar en cuenta las sentencias por violencia de género que se dieron después de las reformas constitucionales limitó el cumplimiento del objetivo de las mismas.
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“Me parece, sin embargo, que nos quedamos cortos y cortas, como lo expresé ya en la sesión del Consejo General donde se aprobó el procedimiento mediante el cual íbamos a hacer esta revisión, me parece que situar esta temporalidades para casos en los que ya haya antecedentes, sentencias o incluso resoluciones administrativas, digamos que deja un poco de lado el orígen o el objetivo de la propia reforma en materia de violencia política en razón de género”, expuso.
El proyecto será discutido en la sesión ordinaria del Consejo General del INE programada para el jueves 16 de mayo.
¿Cuáles son los supuestos de la 8 de 8 contra la violencia de género?
- Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
- Contra la libertad y seguridad sexuales;
- Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual;
- Violencia familiar;
- Violencia doméstica;
- Violación a la intimidad sexual;
- Violencia política, y
- Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.